Nuevas obligaciones fiscales
Algunos contribuyentes deben cumplir con nuevas obligaciones fiscales de acuerdo al giro o actividad.
¿Sabe cuáles aplican para usted o su negocio?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) agregó algunas nuevas obligaciones para los contribuyentes Personas Físicas con la finalidad de incrementar la recaudación entre los que se encuentran los siguientes:
Prestación de Servicios mediante Plataformas tecnológicas
De acuerdo a la ley las personas físicas con actividades empresariales que enajenen bienes o presten servicios a través de internet, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, están obligados al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en los términos de la regla 12.3.2 de la Resolución de la Miscelanea Fiscal . La regla podrá consultarla AQUI
Así mismo ha determinado que las personas físicas mencionadas en el rubro anterior, que al 31 de diciembre hayan pagado con confirme al régimen de incorporación fiscal (RIF) determinarán hasta el 31 de mayo de 2020.
Ventas por Catálogo
La retención que debían hacer las personas morales que enajenen mercancías a personas físicas como vendedores al menudeo por catálogo NO fue aprobada por el congreso sin embargo se espera que próximamente se dictamine la forma de que comiencen a tributar.
Arrendadores
De acuerdo a la modificación al artículo 118 de la Ley del ISR en juicios de arrendamiento la autoridad solicitará al acreedor los comprobantes fiscales sobre las rentas vencidas que quedó el arrendatario de pagar.
¿Quién me puede asesorar más acerca del tema?
Se recomienda que se acerque a su contador o su especialista fiscal para más detalle.
La información contenida en este blog es únicamente informativa y no es normativa por lo que no genera ningún derecho. Siempre se recomienda apoyarse con su especialista fiscal.