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Retención del 6% de IVA

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificó el artículo 1-A de la ley del IVA donde se especifica que a partir de 2020 se aplicará la retención del 6%  cuando el contribuyente obtenga servicios de alguna persona contratada por outsourcing.

1.- ¿Quiénes deben aplicar esta retención?

Todas las personas físicas con actividad empresarial o personas morales que reciban servicios de una empresa que ponga personal a su disposición, esto independientemente al tipo contrato celebrado entre las partes.

2.- ¿Cuál es el fundamento legal donde se estipula esta nueva retención?

Artículo 1-A Fracción IV de la Ley General del IVA.

3.- ¿Cuándo publicada esta disposición fiscal?

El 9 de diciembre de 2019 en el Diario oficial de la Federación (DOF). Usted consultar la información en la siguiente liga.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5581292&fecha=09/12/2019

4.- ¿En la franja fronteriza norte aplica la misma tasa de retención?

Podrán optar por efectuar dicha retención por el 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. De acuerdo a la regla 11.4.18 publicada el 28 de diciembre de 2019 en Diario Oficial de la Federación (DOF).

5.- ¿Quién debe retener y reportar el IVA  al SAT?

La empresa que recibe el servicio.

6.- ¿Qué sucede si emití un CFDI antes de la fecha de entrada en vigor de esta disposición?

Los contribuyentes tendrán 10 días naturales vigentes para realizar el pago del CFDI con las a partir de la fecha de entrada en vigor de la nueva ley siempre y cuando la fecha de la emisión del CFDI haya sido antes de la fecha del 31 de diciembre de 2019. En caso contrario si el pago lo efectúa el día 11 o el CFDI se emitió el primer día de 2020 éste deberá incluir la retención del 6%.

7.- Tengo el sistema de MEXAGON® ¿ A dónde puedo registrar el nuevo impuesto del 6%?

Paso 1: Validar que tenga el impuesto activado en Configuraciones>>Emisión CFDi>>Impuestos. Usted consultar el procedimiento AQUÍ.

Paso 2: Agregar la retención a su concepto. El procedimiento lo puede consultar AQUÍ.

8.- Soy cliente de MEXAGON® y deseo apoyo para que me indiquen como agregar la retención a mi CFDI?

Usted puede comunicarse al centro de atención telefónica en los números 551205-5555 | 442643 0111, opción 1 o whatsapp al 558462-8183  o por mail a nuestra área de soporte técnico donde un ejecutivo con gusto le atenderá.

La información contenida en este blog es únicamente informativa y no normativa por lo que siempre es importante consultar con su especialista fiscal.

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