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Cómo empiezo a hacer recibos de honorarios

Los recibos de honorarios cuando trabajamos como independientes o como parte de un negocio que emplea freelances (por ejemplo) son imprescindibles, porque de esta manera podemos tener constancia y comprobante legal y fiscal de un servicio o trabajo realizado.

Dependiendo del país en el que estemos los recibos tendrán diversos requisitos para poder conseguirlos, pero en el caso específico de hoy hablaremos de México.

Mencionamos otros países porque si tu negocio es digital y trabajas con clientes de todo el mundo, tendrás que identificar qué tipo de recibo puedes emitirles y su valor legal dependiendo de la zona donde se encuentren tus clientes. Para el caso, algunas páginas ofrecen recibos o facturas como parte de su programa de pago o de servicios. Pero ¡a lo que venimos!, a ver cómo iniciar con recibos.

Cómo empiezo a hacer recibos de honorarios

Primero déjanos decirte que lo que estamos por explicarte no es nuevo, puedes encontrar la información en el sitio del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en algunos sitios de internet que abordan el tema o puedes consultarlo con tu contador, ya que es un proceso que no es complejo, pero sí puede ser meticuloso y requerir de pequeños detalles que deben seguirse al pie de la letra.

  • Contar con Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, RFC.
  • Contraseña (se obtiene en la misma página del SAT)

Desde la página de SAT, en la segunda pestaña del bode superior izquierdo veremos la palabra Trámites debemos darle clic y posteriormente entrar a Declaraciones, Mensuales y Pago Referenciado.

Además se deberán registrar previamente las actividades realizadas como por ejemplo empresariales. Posteriormente se debe contar con un recibo que contenga los siguientes puntos:

  • Tu RFC.
  • El régimen fiscal en el que te encuentras.
  • Establecimiento (si se cuenta con dos o más, establecer en el que se emita)
  • Lugar y fecha.
  • El RFC del destinatario.
  • Montos desglosados por los que se elabora el recibo en letra.
  • Montos desglosados por los que se elabora el recibo en número.
  • Monto total en número o letra.
  • Cantidad de pagos (uno solo o en partes)
  • Cantidad de impuestos, desglosados.
  • Forma de pago, efectivo, tarjeta, PayPal, etc.
  • Código de barras bidimensional (asignado por el SAT).
  • Número de aprobación de folios (asignado por el SAT).
  • El número de folio (asignado por el SAT).

Y para finalizar los siguientes dos puntos:

  • “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”.
  • ”Este comprobante tendrá una vigencia de dos años a partir de la fecha aprobación de la asignación de folios, la cual es: dd/mm/aaaa”.

Como puedes ver no es complejo, pero sí requiere de varios detalles a considerar, y lo mejor para no olvidarlos es visitar la página del SAT o acudir con un contador profesional para que nos asesore sobre el asunto.

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